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¿Qué son los complementos salariales en la nómina y cuándo se perciben?

15 marzo, 2020 By Sergio Delgado Deja un comentario

Cuando se trata de analizar con detenimiento una nómina, podremos apreciar que el salario base está acompañado por los denominados complementos salariales, un añadido que puede beneficiar directamente al empleado según sean sus condiciones, preparación o circunstancias. El principal aspecto de los complementos salariales es que pueden generar que un mismo puesto de trabajo sea remunerado de manera diferente de una persona a otra.

Los complementos salariales son componentes que acompañan al salario definido en sí, como la totalidad de las percepciones económicas de los empleados, esta retribución sucede gracias a la prestación profesional de determinados servicios laborales prestados a un tercero. La naturaleza de la remuneración puede variar tanto para el salario como para los complementos salariales, incluyendo los períodos de descanso computables y los de trabajo.

Es necesario separar la definición de los complementos salariales y del salario base, este último se refiere de manera específica a la retribución fijada por unidad de tiempo o de obra, mientras que los complementos salariales pertenecen a un rango mucho más amplio, ya que, se obtienen por la retribución en función de circunstancias muy específicas de casos en concreto, desde condiciones personales hasta su desempeño en función a resultados.

En España, la legislación laboral tiene su propia definición de los complementos salariales, contemplados en el artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores, que los define como las cuantías económicas que el profesional por cuenta ajena percibe junto al salario base y que, sumado a este, componen el total de retribución salarial. En este mismo apartado también se habla de las cargas fiscales y de Seguridad Social, que quedarán a cargo del trabajador.

¿Cómo se clasifican los complementos salariales?

La manera correcta de clasificar los complementos salariales es dividirlos en tres aspectos fundamentales, los complementos según las condiciones personales del empleado, los complementos salariales en función del trabajo realizado, y finalmente, los complementos según la situación y resultados de la empresa. Cada uno de ellos aplica para casos específicos, con la finalidad de poder remunerar un esfuerzo individual de cada trabajador

Los complementos salariales en base a las condiciones personales del empleado, hacen referencia a circunstancias personales determinadas del empleado, presentando dos posibilidades, por  antigüedad o permanencia del profesional en la compañía, y el complemento por titulación,  idiomas, o conocimientos especiales. Esto sucede en algunas organizaciones que premian de cierta manera la calidad del desempeño.

Por otra parte, los complementos salariales en función del trabajo realizado son mucho más amplios, debido a que estiman la cantidad o calidad del trabajo, los riesgos especiales del empleo, la nocturnidad del trabajo según sea la jornada, el complemento festivo según la asistencia al puesto de trabajo, la turnicidad según los turnos rotados, por funciones desempeñadas, por disponibilidad horaria o funcional, y finalmente, por lugar de residencia.

Los complementos salariales en función a resultados en la empresas

Existe una tercera clasificación de complementos salariales y hace referencia a la situación y resultados de la empresa, en este caso corresponde a la compañía otorgar dichos beneficios. Este tipo de remuneración se divide en gratificación por beneficios, que aplica cuando el empleado consigue resultados financieros óptimos para la organización, y participación en el capital de la empresa, cuando se otorga concesión de acciones a los empleados.

Es importante recalcar que los complementos salariales establecidos en función de las circunstancias personales del trabajador, deberán tener la condición de consolidables, con la condición de variar, en el caso determinado que el trabajador solicite cambio de puesto. Por otra parte los complementos salariales referentes al puesto de trabajo o situación económica no serán consolidables, a menos que haya sido pactado lo opuesto.

 

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Publicado en: Asesoría Etiquetado como: complementos salariales, nómina

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