Si tu empresa importa productos desde el exterior y los comercializa en España, debes saber que desde 2015 el pago del IVA ha cambiado. Estas sujetas a pagar el IVA las importaciones de bienes de cualquiera que sea el fin a que se destinen y la condición del importador (empresarios y particulares). Ahora puedes efectuar el pago diferido del IVA en importación. Te contamos como en nuestro blog.
Antes de explicar en qué consiste esta nueva legislación que afecta al pago del IVA en las importaciones, cabe tener muy en cuenta de qué hablamos cuando nos referimos a importaciones como tal para poder beneficiarnos del nuevo pago diferido del IVA en importación.
La importación es la introducción en el interior de un país, en este caso España, de un bien procedente de un país no perteneciente al ámbito de actuación y aplicación del tratado de la Unión Europea. Y, por otro lado, nos referimos a importación cuando introducimos un bien procedente de un país de la UE que no puede considerarse un bien de libre circulación o que no esté comunitarizado. Como por ejemplo: acero, carbón o los bienes que estando en un país de la UE no hayan pagado los derechos de importación en el país comunitario de procedencia.
Bien, desde el ejercicio 2015 existe la posibilidad de que las empresas españolas que realizan este tipo de importaciones y deben pagar el IVA oportuno en aduanas, puedan hacerlo en diferido en su declaración mensual de IVA correspondiente (modelo 031).
Por norma general, las empresas que importaban debían pagar el IVA de importación en la liquidación remitida por su agente de aduanas y luego deducirse dicho IVA en la declaración de IVA mensual.
A partir de este mismo año, el IVA ya no es necesario abonárselo al agente de aduanas, si no que se puede declarar directamente por la empresa como IVA repercutido cuando se reciba el modelo 031 y deducirlo, en la misma declaración de IVA, cuando se disponga del DUA. Esto significa toda una ventaja al evitar adelantar el pago del IVA de importación al agente de aduanas para posteriormente deducirlo. Algo que suele tardar varios meses.
Para acogerse al pago diferido del IVA de importación es necesario ser tanto grandes empresas, empresas acogidas al registro de devolución mensual de IVA o empresas que aplique el régimen especial del grupo de entidades. Y para entrar en este sistema para el año 2016, durante este mes de noviembre se debe tramitar el alta mediante el modelo 036.
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