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Las novedades fiscales de 2017 que debes conocer

20 enero, 2017 By Sergio Delgado Deja un comentario

Entramos en 2017 y son muchos los cambios que se presentan en el apartado fiscal. Las empresas deben cerciorarse de que aquellas asesorías, en cuyas manos ponen su gestión, conozcan a fondo las novedades de la normativa tributaria. Es importante contar con los mejores para evitar posibles riesgos en nuestro negocio.

Aunque parezca algo sencillo, la actividad empresarial se ha convertido en una tarea compleja que cada vez requiere de más tiempo, dedicación y formación, por lo que si no estamos cualificados en determinados aspectos relacionados con la materia fiscal, legal o contable, lo mejor será recurrir a una asesoría que pudiese aportarnos una información fiable y actualizada en pro de nuestros objetivos. Si nuestra empresa incumpliese algunos de los puntos de la recientemente renovada legislación fiscal, entonces nos enfrentaríamos a serias sanciones. ¿Cuáles son esos cambios que debemos conocer como empresarios y sobre los que pedir ayuda a nuestros asesores?

  1. Estimación objetiva: Este nuevo año será el último que contará con magnitudes excluyentes para actividades que no estuviesen relacionadas con el sector agrícola, ganadero o forestal. La normativa determina que el volumen de rendimientos íntegros en el año inmediato anterior no podrá superar los importes que se detallan a continuación:
  • 000 euros para el conjunto de actividades económicas, independientemente de que exista la obligación o no de emitir factura.
  • Para aquellas operaciones que requieren la expedición de factura al dirigirse a un empresario, éstas no podrán superar los 125.000 euros.
  • El volumen de compras de bienes y servicios del ejercicio anterior no podrá estar por encima de los 250.000 euros, descontando el IVA.
  1. Tipo reducido del Impuesto de Sociedades en un 15% para emprendedores: Las sociedades dadas de alta en Hacienda desde el 1 de enero de 2013 que cuenten con los requisitos necesarios, contarán con un tipo de interés del 15% para sus dos primeros ejercicios siempre y cuando no se superasen los 300.000 euros. Si se sobrepasase esta barrera se tributaría al 20%. Entrará definitivamente en vigor en abril. Se modifica la exención por dividendos y se establece la no deducibilidad de las pérdidas realizadas en la transmisión de participantes en entidades, siempre y cuando se tratase de participaciones con derecho a exención en las rentas positivas obtenidas, tanto en dividendos como en plusvalías. Además, se endurecerán los aplazamientos y fraccionamientos de las deudas contraídas con Hacienda.
  1. Suministro inmediato de información del IVA: Los registros de facturación se suministrarán inmediatamente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Esta importante modificación en la gestión del IVA afectará a todos aquellos sujetos pasivos que actualmente tuviesen la obligación de autoliquidar el IVA de forma mensual. Los damnificados serán especialmente las grandes empresas cuya facturación supere los seis millones de euros, así como todo aquel que voluntariamente decidiese acogerse a este cambio. Así mismo, el impuesto del IRPF se mantendrá sin cambios.
  2. Pagos y cobros superiores a 2.500 euros: Si en un pago igual o superior a 2.500 euros una de las partes actuase en calidad de empresario o profesional libre, éste no podrá efectuarse en efectivo. De lo contrario, si el pagador es una persona física que no posee domicilio fiscal en España y no actúa en calidad de empresario o profesional libre, el importe ascenderá hasta los 15.000 euros. ¿Cuál es la sanción? La cuantía pagada en efectivo durante las operaciones determinará la multa impuesta, la cual será proporcional al 25% de la base de la sanción. Se espera que durante 2017 las cifras de pago se reduzcan de los 2.500 euros a los 1.000 euros, aunque para ello aún habrá que esperar a que evolucione el curso fiscal.

Es importante ponerse siempre en manos de una asesoría fiscal que gestionase todos los aspectos legales y económicos de nuestra empresa, ya que ésta estará al tanto de las últimas novedades y podrá recomendarnos ciertas actuaciones anuales. Nuestro negocio ganará experiencia, seguridad y tranquilidad para poder seguir caminando hacia el éxito empresarial.

 

 

 

 

 

 

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Publicado en: Asesoría Etiquetado como: empresas, novedades fiscales

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