El Tribunal Constitucional declaró hace algunos años inconstitucional el que un matrimonio tributara conjuntamente en el IRPF para las unidades familiares por lo que estableció la opción de que lo hicieran por separado pero, ¿qué ocurre con las parejas de hecho con hijos en común? Te lo contamos.
La unión de parejas de hechos acaba de cumplir una década en España y cada vez son más quienes deciden optar por esta modalidad como modelo de pareja. Una opción que podría ser como cualquier matrimonio a la hora de hacer la Declaración de la Renta pero, ¿qué ocurre cuándo se tienen hijos?
Cabe destacar que las parejas de hecho y las parejas sin vínculo matrimonial, a efectos de hacer la declaración de la Renta, no se les considera unidad familiar y por tanto, no pueden realizar la tributación conjunta sino que deben hacerla OBLIGATORIAMENTE de manera individual. Y un detalle importante que cabe tener en cuenta, la existencia de uno o varios hijos en común.
Si se da este claro, la única posibilidad de tributación es que uno de los progenitores realice la declaración de la RENTA conjunta con su hijo, formando la unidad familiar. Mientras que el otro progenitor haga su declaración individual. No hay otra posibilidad. Aunque pueda ser similar al caso de las familias monoparentales, en este caso no se puede aplicar la reducción establecida para la segunda modalidad de unidad familiar puesto que en esta ocasión el padre y la madre conviven juntos.
Si hablamos del mínimo familiar por descendientes, cada uno puede aplicarse la mitad del mínimo siempre y cuando el hijo no obtenga rendimientos superiores a 1.800 euros. En el caso de que el hijo tenga rentas superiores a 1.800 euros el progenitor que declara de manera individual no se puede aplicar el mínimo por descendientes.
¿Y qué ocurre si el padre o la madre tienen hijos de otro matrimonio? Puede que éste puede tributar en la declaración de la RENTA con todos sus hijos de manera conjunta (los de la pareja anterior y los de la nueva pareja) y el otro progenitor de manera individual.
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