El nacimiento de todo negocio o empresa se suele situar en el momento en el que se crea la sociedad. Mediante este sistema cada participante en el proyecto se constituye como parte actora del proyecto y también receptora de los beneficios. Pero también es la manera en la que se articula la responsabilidad en el caso que sea necesario ejercitarla para responder a las obligaciones que se puedan causar.
Por ello es necesario crear una sociedad como manera en la que una empresa o negocio ejerce su actividad. Será necesario realizar una serie de trámites para la creación de una sociedad, pero lo primero que hay que considerar es el tipo que queremos constituir entre sociedad limitada y anónima.
Sin entrar en pormenores, la sociedad limitada cuenta con una estructura más cerrada con un capital social estructurado en participaciones que cuentan con límites en su transmisión y su capital mínimo es de 3 000 euros que deben ser totalmente desembolsados.
La sociedad anónima es más abierta ya que su capital social está constituido en acciones que se pueden transmitir libremente y su capital mínimo es de 60 000 euros del que sólo habrá que desembolsar el 25 por ciento para su constitución.
Por contrapartida está más fiscalizada desde el momento de su constitución y las convocatorias de las juntas de socios se deberán hacer en anuncios de prensa y en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.
Conoce los trámites necesarios para crear una sociedad
En ambos casos el primer paso para crear la sociedad es recurrir al Registro Mercantil para comprobar que el nombre que se ha elegido no está siendo usado por otra sociedad mediante una certificación negativa.
Será necesario también una cuenta bancaria a nombre de la sociedad donde se deposite el capital social en los términos establecidos para cada tipo. Para acreditar este punto se necesitará un certificado por parte de la entidad bancaria.
Es necesario establecer los estatutos sociales en los que como mínimo deberá aparecer:
-.Denominación de la sociedad.
-.Objeto social. Actividad o actividades que vas a realizar.
.-Domicilio.
.-Capital social.
Forma de administración (administrador único, administradores solidarios o mancomunados o consejo de administración).
Modo de deliberar y adoptar acuerdos por los órganos de la sociedad.
Este escrito cuenta con gran importancia ya que determinará el funcionamiento de la sociedad.
Con todos estos documentos se podrá realizar ante notario la Escritura Pública de Constitución de Sociedad. Además, se deberán presentar los documentos de identificación de los socios y una declaración de inversiones extranjeras si alguno cuenta con nacionalidad extranjera.
Con este trámite realizado ya se puede realizar la solicitud de un CIF provisional a Hacienda. También se puede tramitar el alta en el IAE y realizar la declaración censal.
El siguiente paso consiste en la inscripción en el Registro Mercantil de la escritura que se deberá hacer dentro de los tres meses desde la constitución de la sociedad. Tras este paso ya se puede solicitar el CIF definitivo con lo que tu sociedad contará con todo lo necesario para ser totalmente operativa.
Cabe mencionar el sistema telemático CIRCE que te permite la creación de algunos tipos de sociedades limitadas de manera rápida y presentando un Documento único Electrónico. De esta manera se agiliza de manera muy eficaz todos los trámites necesarios para crear una empresa.
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