Con el cierre del año a la vuelta de la esquina, siempre es importante ir preparando toda la información tributaria con anticipación para no incurrir en ninguna falta con Hacienda, el ente encargado de administrar todo lo referente a los impuestos. Tener la visión de ordenar la información mucho antes de que sea necesaria, será una gran decisión que permitirá ganarle tiempo a un proceso que puede terminar siendo realmente tedioso.
El último trimestre fiscal es sin duda mucho más acelerado por la necesidad de cerrar cada capítulo, en el caso del profesional autónomo es necesario y de carácter legal obligatorio, presentar a final de cada año, su declaración de impuestos en la cual debe incluir todos los ingresos devengados durante el año que está por terminar, así mismo se deben incluir los gastos deducibles que apliquen a su perfil tributario.
El trimestre tributario para los autónomos
Es de suma importancia familiarizar a los trabajadores autónomos con la obligación de presentar cada trimestre una declaración tributaria a Hacienda, la cual debe incluir todos los gastos y los ingresos percibidos a través de la facturación. Es importante además conocer que existen algunas declaraciones con un ritmo de plazo de presentación diferente, que se va modificado en función a los diferentes tipos de actividades económicas que se puedan presentar en cada trimestre fiscal.
Ante las diferentes repercusiones legales y administrativas que esto puede tener, es necesario reconocer que en caso de no poseer un conocimiento nutrido y actualizado sobre el sistema tributario, e incluso si existe algún tipo de confusión sobre los términos fiscales, se debe buscar ayuda profesional en un gestor tributario, que tenga como función facilitar el proceso de la declaración del trimestre fiscal, para minimizar así los gasto que puedan surgir, así como evitar sea incluido algún bien deducible.
La declaración anual para el profesional autónomo
Para cerrar el año, se estipula como regla la presentación de un resumen de la declaración anual, en él todos los profesionales independientes deben hacer una recapitulación de carácter informativo de todos sus movimientos, cambios y procesos administrativos, el mismo debe programar para ser presentado en enero según los modelos correspondientes, entre ellos el de retenciones e ingresos a cuenta, conocido como modelo 190 y finalmente el IVA, con el modelo 390.
Esta declaración de final de año y principio del siguiente que todo profesional autónomo debe realizar, supone un resumen de todos los ingresos percibidos así como de los los gastos derivados del desarrollo de la actividad, es la manera de informar de manera clara y cronológica a Hacienda sobre las transacciones anuales. Esta declaración tiene una función informativa que sirva para controlar el posible fraude tributario.
No todo debe quedar en manos del experto en materia tributaria, es recomendable que todo aquel profesional independiente tenga conocimientos básicos sobre los impuestos, con el fin de poder valerse por sí solo y evitar en la medida de lo posible, cometer errores que tengan algún tipo de sanción por declaraciones indebidas que repercutan en el futuro de su actividad comercial.
Según el tipo de actividad económica que realice el profesional, se deberán implementar diferentes tipos de declaraciones de impuestos, con especial atención a todo lo referente al IRPF, entre los cuales destaca la estimación directa normal, la estimación directa simplificada o la estimación objetiva que también se conoce como módulos. En cuanto al orden de presentación, es necesario aclarar que las declaraciones anuales se realizan el mes siguiente a su finalización, siendo específicamente el mes de enero del año siguiente cuando se ejecuten. Cada año las fechas exactas varían según el calendario fiscal de plazos y trámites para las diferentes tipos de actividades comerciales.
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