Tributos, impuestos, declaración, renta, contribución, entre otras, son términos muy frecuentes en la jerga popular para estas fechas cada año. La Declaración de la Renta del año 2018 está a la vuelta de la esquina y, como cada año, hay novedades que los contribuyentes deben conocer.
Ser un ciudadano de primera pasa, también, por el cumplimiento de los deberes ciudadanos, uno de ellos es la Declaración de la Renta ante los órganos competentes de cada Estado. España cuenta con la Agencia Estatal de Administración Tributaria que ya ha establecido y publicado las formas y procedimientos de ley que regularán el proceso de declaración que corresponde al año 2018.
El próximo día 2 de abril se dará inicio formal al periodo de Declaración de la Renta del año 2018 y acabará el 1 de julio del año en curso dentro del territorio español. Para esta nueva campaña han sido previstas una serie de novedades que tienen que ser conocidas por todos los ciudadanos contribuyentes más allá del calendario de la campaña de renta, algunos incrementos en las deducciones y temas inherentes al proceso implican las novedades.
Deducciones para la declaración 2018
La declaración de la renta del año tiene una serie de deducciones en comparación con años anteriores. Una de ellas; por ejemplo, tiene que ver con la deducción por maternidad que presenta una variante de 1.000 a 2.200 euros, en caso de que el contribuyente pague guardería o centro de educación infantil por niños menores de tres años. De igual forma aumenta la deducción por concepto de inversión en empresas de nueva creación, la variación va del 20% al 30%, con un límite de 50.000 euros.
Para hacer la declaración de la renta del 2018, también debes saber que quienes tengan rentas menores a 16.825 euros gozarán de una reducción de 5.565 euros, quienes hayan ingresado 13.115 euros anuales. Si eres de los que ganan entre 13.115 y 16.825 euros, tendrás una reducción proporcional. Las rentas obtenidas en las regiones de Ceuta y Melilla, también tendrán una reducción que va del 50% al 60%.
Entre las novedades para la declaración de la renta 2018 se prevé que hacer una deducción de 1.200 euros anuales o cien euros por mes para los contribuyentes que tengan cónyuge con alguna discapacidad. Las familias numerosas también tendrán una deducción un poco mayor a partir del cuarto hijo, se trataría de 50 euros al mes; es decir, 600 euros anuales por cada hijo a partir del cuarto para la categoría general o del sexto para la categoría especial.
Otras novedades para la renta
El proceso de la declaración de la renta de lo generado durante el año 2018 presenta la singularidad de que ya no se podrá solicitar el borrador o predeclaración formal en físico. Con la eliminación de este documento la Agencia Estatal de Administración Tributaria, AEAT por sus siglas, busca evitar las duplicidades, así como facilitar el proceso de declaración que emprenden los contribuyentes.
La exención para presentar la declaración tiene una variante para la renta referente al año 2018; las personas que solo tengan un pagador no presentarán la declaración si sus ingresos han sido menores a 22.000 euros durante el año; si cuentan con dos pagadores estarán exentos quienes hayan tenido ingresos menores a 12.643 euros. Otro hecho novedoso tiene que ver con la maternidad y paternidad, pues quienes hayan tenido prestaciones por ser madre o padre estarán exentos de la respectiva tributación.
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