Una de las operaciones más tediosas que encontramos cuando compramos un coche es la matriculación de vehículos. Se trata de una acción obligatoria, recogida en el artículo 28 del Reglamento General de Vehículos, que debemos cumplir exhaustivamente si queremos circular por las carreteras españolas.
El trámite de la matriculación vehicular no es gratuito, sino que deberemos abonar una tasa a través de la Dirección General de Tráfico (DGT). Cualquier vehículo, sea nuevo, seminuevo, de segunda mano o de importación y procedente del extranjero, deberá contar con un sistema de matriculación eficiente y actualizado.
En M2 Asesores contamos con un equipo de profesionales cualificado que pondremos a tu disposición para ayudarte en todo tipo de trámites relacionados con el tráfico como transferencias y bajas de vehículos, duplicados de permisos de circulación y conducción, tarjetas de transportes de servicio público y privado de mercancías, y por supuesto, un sistema de matriculaciones.
Para matricular un vehículo habrá que rellenar una solicitud de la DGT e identificarse como propietario (físico o jurídico) del mismo. También habrá que tener la tarjeta de la ITV con la diligencia de venta (si procede de una subasta será necesaria una factura o acta de adjudicación), así como el justificante de pago o exención del impuesto de circulación del Ayuntamiento y el del impuesto de matriculación. En el caso de los remolques se corresponderá con los modelos 576, 06 o 05 de la Agencia Estatal Tributaria.
Documentación necesaria
Si se trata de un vehículo nuevo y comprado en la Unión Europea, habrá que presentar el justificante del pago del IVA o acreditar que está incluido en el censo de sujetos pasivos del IVA, así como la ficha técnica que nos expedirá la ITV.
En el caso de ser un vehículo de segunda mano de la UE, será necesario aportar la documentación original del vehículo, la ficha técnica expedida por la ITV y un documento que justificase el pago correspondiente en Hacienda.
Precio y lugar de tramitación
Todos los trámites de la matriculación vehicular se realizarán en la Jefatura de Tráfico, teniendo que acudir presencialmente o poniéndola en manos de un equipo de profesionales como M2Asesores.
De igual modo, el coste de la matriculación vehicular de un coche o una moto dependerá de la tasa 1.1 de Tráfico, que suele tener un coste de 97,80 euros. En el caso de los ciclomotores, ésta se reducirá a 27,30 euros con la tasa 1.2 del mismo organismo. No obstante, factores como el país de procedencia del vehículo o la comunidad autónoma en la que se resida influirán en los impuestos a abonar y en el coste de la tasa de matriculación vehicular.
Tipos de matrículas
En la matriculación vehicular ordinaria podremos diferenciar las de tipo temporal, fácilmente reconocibles porque son de color verde, y que se podrán solicitar si estamos pendientes de que nuestro vehículo tenga su matrícula definitiva. Su plazo de validez será de 60 días.
También podría darse la circunstancia de que tuviésemos un vehículo nuevo que se fuese a matricular en Ceuta, Melilla o Canarias, o que se hubiese comprado en otra provincia. En dicho caso, el permiso temporal sería de diez días y permitiría su circulación hasta la provincia de destino.
Podremos acceder a la matrícula temporal, a diferencia de la matriculación vehicular definitiva, cuando se efectuase un traslado del vehículo a la UE o al extranjero. El coste del permiso temporal será de 20,20 euros y se corresponderá con la tasa 1.4 de Tráfico.
¿Qué sucede si el vehículo se compra fuera de la UE?
Entonces habrá que aportar la documentación original del mismo y el Documento Único Administrativo (DUA) que emite la aduana, en caso de no figurar la diligencia de importación del vehículo en la tarjeta de ITV. El plazo para efectuar la matriculación vehicular procedente del extranjero será de seis meses.
Si se solicita una nueva matriculación vehicular por cambio de residencia entre distintos países habrá que tener en cuenta que se aplicarán ventajas, ya que ni habrá que abonar el impuesto de matriculación y a parte se eximirá la homologación del vehículo. No obstante, será necesario haber residido fuera de España durante más de 12 meses antes del cambio y haber sido el titular del vehículo durante al menos seis meses, acreditar la mudanza con un certificado de baja consular y mantener la posesión del coche por un año.
Si el coche o moto es de importación, habrá que solicitar la documentación original del vehículo, un problema que se acentúa si éste es un coche histórico o de segunda mano, ya que podría la documentación estar incompleta. Posteriormente, habrá que abonar el impuesto de matriculación vehicular y el impuesto de transmisiones patrimoniales o IVA. Si la compra ha sido a un particular se abonará el ITP, pero si ha sido a un concesionario se abonará el IVA presentando la factura.
Si el vehículo que queremos matricular procede de fuera de la UE, necesitaremos una ficha técnica reducida y modificarlo para que pudiese pasar la inspección, pasando a su vez una pertinente homologación europea. Después abonaremos el impuesto de circulación al ayuntamiento en el que estuviésemos empadronados.
El siguiente paso en la matriculación vehicular de un coche extranjero será acudir a la DGT para solicitar el documento oficial y aportar tanto la documentación del dueño como del vehículo, así como el justificante del impuesto de circulación y exención del de matriculación. Además, habrá que abonar la tasa de tráfico.
En M2 Asesores haremos que el proceso de matriculación vehicular sea sencillo, eficiente y práctico. ¡Confía en nosotros y deja que realicemos el trabajo por ti!
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